EL PORTAL de la ECONOMÍA SOLIDARIA en el URUGUAY.

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Tienda de Comercialización.

Calle 25 de Mayo 687 casi Juncal - Montevideo.

 

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- TIENDAS DE ECONOMIA SOLIDARIA Y COMERCIO JUSTO -

 

Capítulo I -    Naturaleza y objetivos de las Tiendas.

Art.1. Las Tiendas de Economía Solidaria y Comercio Justo son espacios de generación de una cultura solidaria, exposición y venta de los productores asociativos y cooperativos que comparten los principios de la economía solidaria y el comercio justo.

Su implementación obedece a la articulación generada entre las políticas públicas departamentales de las Intendencias de Canelones y Montevideo, en conjunto con el accionar de la sociedad civil representada por el Espacio de Economía Solidaria, Comercio Justo Uruguay,  el Consejo  Departamental de Economía Solidaria de Canelones y Retos al Sur.

Art.2. Las Tiendas promoverán un modelo de gestión participativo y democrático, y un modelo de comercialización que contribuya a generar identidad del sector de la economía solidaria, haciendo especial hincapié en la inclusión social, un precio justo, la calidad del producto final, la sustentabilidad y cuidado del medio ambiente en el proceso productivo, así como en un nuevo relacionamiento entre productores y consumidores que contribuya a la toma de conciencia acerca de la importancia del consumo responsable y crítico al modelo consumista.

Art.3. El objetivo fundamental de las Tiendas es contribuir en la fase de comercialización, al mayor  fortalecimiento de las economías solidarias. Son objetivos específicos:

a. Promover y comercializar los productos y servicios generados por los emprendimientos asociativos y cooperativos fundamentalmente de los Departamentos de Canelones y Montevideo.

b. Generar espacios de integración comercial alternativos en el marco del Espacio Mercosur Solidario

c. Promover valores alternativos en materia económica: consumo responsable, comercio justo, producción solidaria y ecológica, finanzas solidarias, etc.

d. Generar mecanismos de autogestión en los procesos de comercialización en las Tiendas, por parte de los propios emprendimientos.

e. Mostrar cómo las políticas públicas pueden promover las economías solidarias, permitiendo la imbricación entre lo público y privado.

f. Facilitar mecanismos de microcrédito garantizados por las ventas a futuro en las Tiendas.

g. Permitir una mirada metropolitana en materia de producción y comercialización solidaria.

Capítulo II -    Sobre los órganos de conducción de las Tiendas.

Art.1. Créase el Consejo Directivo de las Tiendas de Economía Solidaria y Comercio Justo integrado por un representante por Retos al Sur, así como 2 delegados en representación de los siguientes colectivos:  EES, CJU, CCDES y asamblea de emprendedores. Asimismo lo integrará una vez que se den las condiciones, un representante por los consumidores.

Art.2.   Serán cometidos del Consejo Directivo:

a. Ejercer la conducción y gestión última del proyecto de cooperación internacional, y de la marcha de las Tiendas.

b.  Asumir responsabilidades concretas de secretarías en las siguientes áreas: comercialización, finanzas, promoción, selección y certificación de emprendimientos, formación,  relaciones internacionales, y relaciones institucionales, así como otras que el Consejo entienda necesarias.

c. Elegir un Presidente para la Comisión de Etica

d. Enviar casos a la Comisión de Etica

e. Citar a Asambleas de emprendimientos por mayoría de sus miembros.

f. Tomar todas las decisiones necesarias hasta tanto comiencen a funcionar las diferentes comisiones de trabajo.

g. Elaborar un Acta con todas las resoluciones tomadas en su seno, la cuál deberá ser enviada en un plazo de 48 hrs. a todos los emprendimientos vinculados a las Tiendas.

Art.3. Créase la Asamblea de emprendedores de economía solidaria, integrada por un delegado de cada emprendimiento seleccionado para su participación en la Tienda e integrantes del Consejo Directivo.

Art.4. La Asamblea será convocada bimensualmente por el Consejo Directivo, o cuando el Consejo Directivo lo entienda conveniente.

Art.5.    Serán cometidos de la Asamblea

a. Proponer iniciativas de diverso tipo al Consejo Directivo

b. Solicitar información al Consejo Directivo y a cada una de las secretarías

c. Elegir vocales para la Comisión de Etica.

d. Distribuir roles para el mejoramiento de las Tiendas y la atención al público, bajo fórmulas de trabajo voluntario.

e. Integrar las diferentes comisiones de trabajo y evaluar el trabajo realizado por sus integrantes.

f. Elegir dos delegados que le representen en el Consejo Directivo.

Capítulo III -    Sobre las secretarías y comisiones de trabajo.

Art.1. Créase la Comisión de Comercialización, integrada por el secretario de comercialización y hasta cuatro representantes de los emprendimientos.

Art.2.    Serán cometidos de la Comisión de  Comercialización: 

a. Recibir los productos nuevos elaborados por los emprendimientos previamente seleccionados, los que ya deberán venir con un precio sugerido por sus elaboradores.

b. Evaluar si el precio sugerido es pertinente en el marco de la Tienda. En caso negativo, deberá citarse a las partes para convenir un nuevo precio. En caso que no exista acuerdo, el tema deberá ser tratado en el Consejo Directivo.

c. Evaluar la calidad del producto, así como su pertinencia en el marco de los principios y valores de la economía solidaria y el comercio justo. En caso que el producto no satisfaga las condiciones impuestas por la Comisión , deberá citarse a las partes para convenir las mejoras necesarias. En caso que no exista acuerdo, el tema deberá ser tratado en el Consejo Directivo.

d. Velar para que los standares de calidad y el rango de precios de los productos sean aplicados con la mayor ecuanimidad posible.

e. Responsabilizarse por la ubicación de los productos en la Tienda , de acuerdo a criterios de estética y marketing responsable.

f. Elevar a la Comisión Directiva todo tipo de iniciativa para el mejoramiento de sus atribuciones.

Art.3. Créase la Comisión de Finanzas integrada por el secretario  y hasta dos representantes de los emprendimientos.

Art.4.    Serán cometidos de la Comisión de Finanzas:

a. Cuidar el manejo financiero de las Tiendas y controlar los asuntos contables.

b. Mandar hacer un balance contable cada mes y ejecutar el pago a los emprendimientos, a los trabajadores asalariados, así como el resto de los pagos.

Art.5. Créase la Comisión de promoción integrada por el secretario y hasta dos representantes de los emprendimientos.

Art.6.    Serán cometidos de la Comisión de Promoción:

a. Velar por la correcta promoción de la Tienda en el marco de un marketing responsable y de acuerdo a los principios de la economía solidaria y el comercio justo.

b. Diseñar campañas de promoción de las Tiendas, así como de consumo responsable.

c. Articular con los animadores culturales, la ejecución de espectáculos artísticos en los locales asignados.

d. Establecer vínculos con los medios de prensa a los efectos de divulgar notas y comunicados de interés general.

Art.7. Créase la Comisión de selección y acreditación, integrada por el secretario y hasta dos representantes de los emprendimientos.

Art.8.    Serán cometidos de la Comisión de Selección y Acreditación:

a. Elaborar un documento donde se precisen las características que deben tener los emprendimientos para ser seleccionados.

b. Elaborar una ficha de inscripción para los emprendimientos.

c. Evaluar las fichas y elaborar un Informe al Consejo Directivo para que este se expide sobre los casos.

d. Diseñar un sistema de trabajo de certificación participativa y ponerlo en práctica.

Art.9. Créase la Comisión de Formación integrada por el secretario y hasta dos representantes de los emprendimientos.

Art.10.    Serán cometidos de la Comisión de Formación: 

a. Velar por la correcta formación en los valores y principios de la economía solidaria y el comercio justo de los diversos actores vinculados al proyecto.

b. Diseñar cursos y programas específicos y continuos en materia doctrinaria y en técnicas específicas para el mejor funcionamiento de las Tiendas.

Art.11. Créase la Comisión de Relaciones Internacionales, integrada por el secretario y hasta dos representantes de los emprendimientos.

Art.12.    Serán cometidos de la Comisión de Relaciones Internacionales:

a. Establecer y mantener vínculos con organizaciones y personas identificadas con la economía solidaria y el comercio justo en el contexto internacional.

b. Monitorear el proyecto de cooperación internacional con Italia.

c. Elaborar nuevos proyectos de cooperación internacional.

Art.13. Créase la Comisión de Relaciones Institucionales, integrada por el secretario y hasta dos representantes de los emprendimientos.

Art.14.    Serán cometidos de la Comisión de Relaciones Institucionales:

a. Establecer vínculos institucionales con los actores nacionales que tengan pertinencia con la marcha de las Tiendas.

Art.15. Créase la Comisión de Etica, la que será integrada por un Presidente elegido por el Consejo Directivo y dos Vocales elegidos por la Asamblea de emprendimientos.

Art.16.    Serán cometidos de la Comisión de Etica:

a. Evaluar aquellos casos enviados por el Consejo Directivo y proponer al Consejo un dictamen al  respecto. 

Art.17. Créase la Comisión Fiscal , la que será integrada por un Presidente y dos delegados de los emprendimientos, quienes durante su mandato no podrán desempeñar otras tareas de dirección o integración de comisiones.

 Art.18.    Serán cometidos de la Comisión Fiscal :

a. Solicitar a la Comisión Directiva la convocatoria a Asamblea de Emprendimientos

b. Fiscalizar el Fondo Común Solidario

c. Inspeccionar en cualquier momento los registros contables y otros aspectos de funcionamiento de las Tiendas

d. Verificar el balance anual

e. Cumplir cualquier otra función inspectiva  o de control que entienda conveniente.

Art.19.    FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES. 

a. Serán presididas por el secretario que se encargará de citar a las reuniones al resto de los integrantes.

b. La sola presencia del secretario asegura quorum para sesionar, siempre y cuando la convocatoria haya sido pactada de forma consensuada entre los integrantes.

Capítulo IV -    Sobre los valores y principios que guiarán el trabajo de las Tiendas.

Art.1. La Tienda se guiará por los principios y valores de la economía solidaria y el comercio justo, a saber: 

 Principios del Comercio Justo:

                · Igualdad de oportunidades para hombres y mujeres

                ·         No utilización de mano de obra infantil

·         Compromiso con normas de protección ambiental

·         Promoción del funcionamiento plenamente democrático y transparente de las organizaciones

·         Promoción de producción de calidad

·         Relación directa entre productores y consumidores

        ·         Promoción de un precio justo que permita al productor y su familia       vivir dignamente de su trabajo

·         Autorización de prefinanciamiento si el productor lo necesita

   ·         Promoción de pagos adicionales por obras sociales y/o culturales

·         Respeto del derecho de sindicalización y salario digno

·         Establecer relaciones y contratos a largo plazo, basados en el respeto mutuo y los valores éticos.

 

Principios del Espacio de Economía Solidaria:

                 La economía solidaria afirma la prevalencia de la persona por sobre el capital.

 Promueve relaciones sociales fraternas, solidarias y equitativas.

 Promueve el desarrollo integral del ser humano.

        Fortalece la autoestima y la confianza en el potencial de las personas, particularmente en aquellas con capacidades diferentes o descartadas por el mercado laboral.

   No integra ni acepta el trabajo infantil como medio de explotación y abuso de       los   menores.

        Es una economía alternativa al modelo dominante y sobre todo inclusiva, sin exclusión de personas por sus diferentes características: raza, credo, género, clase social, opción sexual, ubicación territorial, etc.

Mejora la calidad de vida de las personas

        Respeta y preserva el medio ambiente, no solo como definición teórica, sino también en actitudes y actividades transformadoras y testimoniales.

        Promueve el consumo responsable y solidario, dentro y fuera del espacio.

      Fomenta y fortalece redes locales, regionales y nacionales de emprendimientos de economía solidari

        Respeta las identidades locales de las poblaciones con las que trabaj

Promueve relaciones nuevas, creativas y no violentas.

 

Capítulo V -    Sobre el Fondo Común Solidario.

Art.1. Créase el Fondo Común Solidario, nutrido con el 20% del valor de cada venta, o aquel porcentaje que el Consejo Directivo entienda pertinente de acuerdo a criterios de sustentabilidad social y económica del proyecto .

Art.2. El Fondo será administrado por la Comisión de Finanzas y será utilizado para mejoras en las Tiendas, así como para base de ahorro en vistas a la autosustentabilidad del proyecto, y en la aplicación de un sistema de finanzas solidarias. En ningún caso el Fondo será utilizado para pagos de honorarios, viáticos o salarios.

 

Capítulo VI -    Sobre el funcionamiento ordinario de las Tiendas.

Art.1. Las tareas operativas quedarán bajo responsabilidad de encargados/as que se contratarán como asalariados, mediante llamado abierto entre las organizaciones de economía solidaria y comercio justo, atendiendo a un perfil que integre idoneidad técnica así como antecedentes en el trabajo de promoción de las economías solidarias. Contará con la colaboración del Comité Directivo, y del equipo de voluntarios.

Art.2. El personal a cargo será retribuido  de acuerdo al laudo del sector y cumplirán horarios en turnos que especificará la Comisión Directiva.

Art.3.Suplencias: las suplencias al cargo de encargado/a serán cubiertas por llamados internos para desempeñar el rol de vendedor.

Art.4. Se establecerá un sistema de trabajo voluntario, integrado por representantes de los diversos emprendimientos seleccionados.

Art.5. Los encargados deberán articular semanalmente con la comisión de comercialización para seguir la marcha del negocio, gestionar el stock, realizar nuevos pedidos, y hacer todo tipo de sugerencia que mejore el funcionamiento.

Art.6. Los productos serán dejados en tránsito por parte de los emprendimientos. El pago se realizará luego del balance de fin de mes. Solo en casos especiales, y si hubiera suficiente capital de giro, se realizarán compras de los productos.

Art.7. El pago a cada emprendimiento será dividido en dos partes: un 97% será destinado a retribuir el factor trabajo a su interna, en tanto el restante 3% será destinado a fortalecer los fines sociales, culturales y económicos del emprendimiento. Cada emprendimiento es responsable de esta partición.

Art.8. Cada emprendimiento asume los costos del envío de su mercancía.

 

 

Capítulo VII -    Disposiciones transitorias.

Art.1. Este Reglamente entrará en funciones una vez sea votado en el seno del Consejo Directivo y será revisado y eventualmente modificado- seis meses después de la apertura de la primera Tienda.

Art.2. En caso de presentarse situaciones no resueltas por este Reglamento, el Consejo Directivo, en su condición de representante de todas las partes, tomará las decisiones pertinentes luego de hacer las consultas de rigor a todos los involucrados.

Capítulo IX-  Normas de convivencia

(discutido en Asamblea de Emprendimientos del 20 de Octubre de 2007 y 5 de Abril de 2008 y aprobada por el equipo de dirección en su reunión del 22 de octubre y 7 de Abril respectivamente)

 

1.      Sobre la evaluación continua a los emprendimientos.

A los tres meses de ingresar a la Tienda , el emprendimiento será evaluado por el equipo de dirección en los siguientes ítems: estructura y funcionamiento interno acorde a los principios y valores del comercio justo y economía solidaria; responsabilidad en el cumplimiento del reglamento; asunción de roles en el sistema de trabajo voluntario; participación en las instancias de capacitación y en la estructura de comisiones; participación en asamblea de emprendimientos; contribución económica a la Tienda (en cada uno de los factores, a saber: factor financiero, tecnológico, trabajo, gestión, factor C).

En caso de no cumplir con un mínimo razonable, que será fijado en las pautas de evaluación, el equipo de dirección por mayoría podrá notificar al emprendimiento sobre su desvinculación con la Tienda. Al cierre del mes le serán entregados sus productos y se le pagará lo vendido.

El emprendimiento podrá recurrir al Tribunal de Ética si así lo entendiera necesario.

La Asamblea de emprendimientos podrá reconsiderar la decisión del equipo de dirección sobre la desvinculación de algún emprendimiento.

Pasada la evaluación de los primeros tres meses, el emprendimiento volverá a ser evaluado una vez al año.

2.      Sobre el sistema de trabajo voluntario

La Tienda instrumentará un sistema de trabajo voluntario que implicará distribución de responsabilidades de atención al público en las franjas horarias de la mañana y la tarde entre Lunes y Sábados. El cumplimiento de las franjas asignadas recaerá en compañeras y compañeros específicos, pero su presencia o ausencia  será responsabilidad de cada emprendimiento.

En caso de constatarse ausencia en las franjas estipuladas, el equipo de dirección aplicará en forma progresiva las siguientes penalidades: primera vez $ 25 por hora de ausencia; segunda vez $ 50 por hora de ausencia, tercera vez $ 150 por hora de ausencia, las mismas deberán pagarse el día de liquidación. La cuarta vez el emprendimiento será invitado a retirarse de la Tienda.

Exoneración de la multa: casos de emergencia y/o situaciones extremas que impiden el previo aviso de la ausencia al grupo (con entrega de certificado médico). De ninguna manera se considerarán exonerables casos de sobre trabajo, desorganización, etc.

3.      Sobre las actividades de formación. Los emprendimientos deberán hacer un esfuerzo por enviar delegados en las distintas actividades de capacitación.  Ante la reiterada  ausencia a este tipo de instancias, el equipo de dirección procederá de acuerdo al art. 1º de este reglamento.

4.      Sobre el comportamiento en la Tienda. La Tienda es la cara visible de la economía solidaria y el comercio justo. En ese sentido, los integrantes deberán mostrar siempre un comportamiento respetuoso y correcto con sus compañeros y clientes. Deberá evitarse la ingesta de alimentos y reuniones en el local comercial. A tales efectos la Tienda establecerá lugares específicos.

5.      Sobre la participación en Asamblea de Emprendimientos. La Asamblea será convocada de forma bimensual. Es obligatoria la participación de todos los emprendimientos por medio de sus delegados. La falta sin aviso será penada con una multa por el valor de la cuota anual de socio amigo ($200 a la fecha). La falta con aviso será pasible de multa solo en caso de reincidencia en el año en curso.

6.      Sobre el destino de las multas económicas. Los dineros generados por las multas que dispone este reglamento nutrirán el Fondo de Auxilio de la Tienda.

7.      Sobre la clase de emprendimientos integrantes de la Tienda. Se establecerán tres tipos de vinculación:

(a) emprendimientos socios: aquellos que cumplen con todos los requisitos del Reglamento y normas de convivencia. Sus integrantes recibirán un 15% de descuento en las compras que realicen en la Tienda. A tales efectos el emprendimiento deberá elevar listado de sus integrantes con nombre completo.

(b) emprendimientos amigos. Los emprendimientos amigos son aquellos emprendimientos nacionales que por sus características, circunstancias o residencia no pueden comprometerse con el proceso autogestionario que persigue la Tienda , pero que a su vez son considerados estratégicos desde el punto de vista de sus productos, imagen o hermandad solidaria. Estos emprendimientos no estarán amparados en el Fondo de Auxilio y deberán contribuir con un 30% en el Fondo Común Solidario. A su vez deberán comprometerse a participar al menos en una Asamblea de Emprendedores por año. Los emprendimientos amigos no deberán superar nunca el 25% del total de emprendimientos socios.

 (c) Emprendimientos del Espacio Mercosur Solidario. Estos emprendimientos contarán con un lugar específico en la Tienda. Sus productos cuando se vendan serán liquidados con boletas de la Tienda. Tendrán una contribución al Fondo Común Solidario que contemple el ánimo de contribuir al proceso de integración regional. En productos similares a los de emprendimientos nacionales, los precios de venta deberán ser de igual modo similares.

8.      Socios amigos. La Tienda procurará afiliar como socios amigos a aquellas personas dispuestas a apoyar la Tienda desde su rol de consumidor responsable. El equipo de dirección fijará todos los años un valor simbólico de la cuota anual. El socio amigo recibirá información mensual de la economía solidaria y será invitado a las distintas actividades generadas desde la Tienda. Además recibirá un descuento del 5% en sus compras al contado. Cada emprendimiento deberá presentar al menos un socio amigo como contribución a la Tienda.

9.      En ferias con más de 3 días de duración, y teniendo en cuenta el esfuerzo de movilización que deben realizar los emprendimientos, reducir el aporte al FCS del 20% original al 10%”. (Contablemente esto significa que el Precio de Venta al Público será igual al precio que le pone el productor multiplicado por 1.10).

10.   A los efectos de simplificar la contabilidad y no sumar costos a los emprendimientos, no cobrar el 1% al Fondo de Auxilio en Ferias y Carpas itinerantes

11.   Realizar todos los años un balance y en caso de haber ganancias, distribuir hasta un 20% de las mismas a los emprendimientos (socios plenos) a prorrata según su aporte quedando al menos el 80% para capitalización colectiva

 

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